En busca de puentes de integración para un futuro sin barreras

Mª Irene Aguado Mañas. Jefa del Departamento de Formación y Orientación del IES Álvaro Yáñez. Bembibre (León).

La Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada el 13 de diciembre de 2006, incluye en las personas con discapacidad a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás.

La aprobación de la Convención supone el cambio de un modelo médico-asistencial al de los derechos humanos y propone un cambio en la percepción social de la discapacidad articulando alrededor de estas personas un sistema de apoyos que les proporcione la posibilidad de desarrollar todo su potencial y participar activamente en la vida de la comunidad. Para la implantación de este nuevo modelo, es preciso ofrecer una respuesta efectiva y adecuada a sus necesidades que, además, requieren de una actuación coordinada de los diferentes sistemas de protección social. Las actuaciones a desarrollar por parte de las Administraciones Públicas deben posibilitar la máxima integración social en los ámbitos de servicios sociales, sanidad, educación, empleo, cultura, ocio y deporte sin olvidar la colaboración con el llamado Tercer Sector.

La importancia de la aprobación de esta Convención es que se crea como una herramienta jurídica vinculante a la hora de hacer valer los derechos de las personas con discapacidad ya que las Partes en la Convención tienen la obligación de promover, proteger y garantizar el pleno disfrute de los derechos humanos de las personas con discapacidad y garantizar que gocen de plena igualdad ante la ley. Además se busca cambiar la percepción sobre la situación de las personas con discapacidad, luchando contra los estereotipos y prejuicios y promoviendo la conciencia de las capacidades de esas personas y su contribución a la sociedad.

El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, instrumento adicional al anterior, permite a las partes reconocer la competencia del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para examinar las denuncias de particulares. Este Comité es un órgano de expertos en derechos humanos encargados de la vigilancia de la aplicación de la Convención.

También la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en su artículo 21 establece la prohibición de discriminación por razón de discapacidad y reconoce en su artículo 26 el derecho de las personas discapacitadas a beneficiarse de medidas que garanticen su autonomía, su integración social y profesional y su participación en la vida de la comunidad.

El propio Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea establece que la Unión tratará de luchar contra toda discriminación por razón de discapacidad (artículo 10) y que podrá adoptar acciones adecuadas para luchar contra la discriminación por motivo de discapacidad (artículo 19).

La Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020 tiene como objetivo capacitar a las personas con discapacidad para que puedan disfrutar de todos sus derechos y beneficiarse plenamente de una participación en la economía y sociedad europeas, especialmente a través del mercado único. Por ello, la Estrategia se basa en la supresión de barreras e identifica ocho ámbitos primordiales de actuación: accesibilidad, participación, igualdad, empleo, educación y formación, protección social, sanidad y acción exterior.

En el ámbito estatal, la Estrategia Española sobre Discapacidad 2010-2020 es el referente de las políticas españolas en materia de discapacidad cuyos objetivos se centran en los principales ámbitos de actuación determinados por la Estrategia Europea. Los principios inspiradores de esta Estrategia están también referidos en la Ley 26/11 de adaptación de la normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y son:

  • No discriminación: igualdad de trato ante la ley e igualdad de oportunidades.
  • Vida independiente: donde la persona con discapacidad ejerza poder de decisión sobre su propia existencia y participe activamente en la vida de su comunidad.
  • Normalización: pudiendo llevar una vida normal accediendo a los mismos lugares, ámbitos, bienes y servicios que cualquier otra persona.
  • Accesibilidad universal: condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios para que puedan ser utilizados por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad, entendida como el acceso de las personas con discapacidad, en las mismas condiciones que el resto de la población, al entorno físico, al transporte, a las tecnologías y los sistemas de información y las comunicaciones (TIC) y a otras instalaciones y servicios.
  • Diseño para todos: todo aquello que se proyecte debe poder ser utilizado por todas las personas, con discapacidad o no.
  • Diálogo civil: mediante la participación de las organizaciones más representativas de personas con discapacidad en las políticas oficiales que les afecten.
  • Transversalidad de las políticas: en materia de discapacidad, en el sentido de considerar a ésta como un elemento general a tener en cuenta en todo tipo de normativas y planes de acción.
  • Participación: de las personas con discapacidad en la sociedad no sólo como impulsores sino como ejecutores del cambio.
  • Responsabilidad pública: a través de la implicación de los poderes públicos en el establecimiento y desarrollo de todas estas políticas.
  • Integralidad y extensividad: incluyendo en la protección las situaciones de enfermedad o discapacidad transitoria por un accidente y a las personas mayores.
  • Eficiencia y eficacia: las actuaciones deben ser lo más racional desde el punto de vista de la sostenibilidad económica y social.
  • Economía de la discapacidad: destacando el efecto positivo sobre el mercado de la creación de nuevas profesiones y actividades relacionadas con la atención y promoción de los derechos de las personas con discapacidad.
  • Sensibilización: concienciando a la sociedad de esta realidad.
  • Imaginación y creatividad: buscando siempre soluciones imaginativas ya que toda situación es susceptible de mejora.

Basados en estos principios, la Estrategia prevé tres objetivos fundamentales, que tienen relación con:

  • Mercado laboral: buscando la mejora de la tasa de ocupación de personas entre 20 a 64 años de diferentes colectivos, omitiendo uno de los que mayor potencial ofrece: las personas con discapacidad.
  • Educación: se pretende reducir la tasa de abandono escolar prematuro. Las mejoras en este indicador para la población con discapacidad pueden tener un importante impacto en el indicador general sobre toda la población.
  • Pobreza y exclusión social: intentando reducir el número de personas que viven por debajo del umbral de la pobreza y potenciando el principio de igualdad de oportunidades en el acceso al empleo.

El fin primordial de este tipo de medidas legislativas no es otro que potenciar la integración social de las personas con discapacidad, evitar que se consideren estigmatizadas por el hecho de ser diferentes y que no se vean colocadas en posición de inferioridad. Esto ha generado situaciones de discriminación hacia ellos, no sólo considerándolos incapaces de valerse por sí mismos sino que, siendo valedores de los mismos derechos que los demás, con frecuencia se ven impedidos de ejercerlos por las actitudes discriminatorias que la sociedad les manifiesta. Así se cumple el aforismo de que la discapacidad no es lo que hace difícil la vida, sino los pensamientos y las acciones de los demás.

Es imprescindible tender puentes de integración que incorporen física y socialmente a la persona con discapacidad para construir un mundo sin barreras donde cada individuo, con sus particularidades, pueda contribuir con lo mejor de sí mismo a la sociedad del mañana.

Fuentes

  • Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020
  • Estrategia Española sobre Discapacidad 201-2020
  • http://www.monografias.com/trabajos16/discapacidad-y-familia/discapacidad-y-familia.shtml#biblio

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